Es inconstitucional obligar a registrar a un recién nacido anteponiendo el apellido paterno. La práctica de colocar el apellido del hombre primero relega a la mujer a un rol secundario en el ámbito familiar.
Amparo en Revisión 208/2016 Ponente: Ministro Arturo Zaldívar Consulta el archivo del expediente en:🔗 bit.ly/2WXt7pD