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Después de haber perdido la guarda y custodia, el padre reclamó que el juez no escuchó la opinión de su hija para determinar qué era lo mejor para ella. La Corte resolvió que los menores de edad tienen derecho de expresar libremente su opinión en los procedimientos jurisdiccionales que afecten su esfera jurídica y su participación no puede estar predeterminada por una regla fija en razón de su edad siempre que no se afecte el interés superior de la infancia. Ministro José Ramón Cossío Contradicción de Tesis 256/2014🔻Consulta archivo del expediente: bit.ly/2NsLAdd